¿Te encuentras superado por las deudas y no puedes hacer frente a tus obligaciones de pago contraídas? A continuación, te acercamos algunas claves sobre qué es lo que puedes hacer si estás en una situación de endeudamiento a la que no puedes hacer frente más tiempo.
Qué se considera una situación de endeudamiento excesiva o insolvencia
Para determinar si realmente te encuentras en una situación de insolvencia o si prevés estarlo en los próximos meses tienes que ver si has llegado a un punto en el que no puedes, en ningún caso, seguir haciendo frente a tus obligaciones de pago. Ante una situación así, todas las personas particulares y autónomos se pueden acoger a la llamada Ley de Segunda Oportunidad.
Cómo superar la situación de endeudamiento con la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo completamente legal mediante el cual la persona que se encuentra en una situación de insolvencia actual o prevé estarlo en los próximos meses puede acogerse a una exención de la deuda.
Una vez existe una resolución, se podrá comenzar de cero a nivel económico y crediticio. En definitiva, se trata del mecanismo que recoge la legislación española para que las personas puedan comenzar de cero a nivel económico, sin estar lastradas por una deuda a la que no van a poder hacer frente y de la que, difícilmente, se van a poder sobreponer.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Respecto a los requisitos que se han de cumplir para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad vemos que son los siguientes.
Ser autónomo o particular
Como ya apuntábamos, el primer requisito es ser un autónomo o particular. Es decir, las personas físicas no empresarias. Tampoco podrán acogerse a este mecanismo las empresas puesto que ellas tienen para ello la opción del concurso de acreedores.
Tener más de un acreedor
Por otro lado, será necesario contar con más de un acreedor. Esto significa que para poder acogerse a este mecanismo será necesario contar con más de una deuda con más de un acreedor. En cuanto a los acreedores podrán ser desde entidades bancarias o financieras, a empresas o particulares, entre otros.
Ser insolvente
Uno de los requisitos, como adelantábamos, será encontrarse en situación de insolvencia, ya sea insolvencia actual y la insolvencia inminente. Según se recoge en la legislación, se habla de una situación de insolvencia actual, la persona que no puede cumplir, de manera regular, con sus obligaciones exigibles. Por otro lado, se considera insolvencia inminente cuando el deudor ya prevea que va a empezar a incurrir en impagos próximamente.
No tener antecedentes penales
Será necesario también no tener antecedentes penales asociados a delitos económicos. Para ello, en los diez años anteriores, no se tendrá que haber sido condenado en sentencia firme por delitos socioeconómicos. Aquí entrarían delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, contra la Seguridad Social, la Hacienda Pública, estafa, robo, etc. Si hubiera ya un proceso pendiente en este sentido, la resolución de la Ley de Segunda Oportunidad se aplazaría hasta su conclusión.
Ser deudor de buena fe
Esto significa que el deudor tendrá que haber llegado a esta situación actuando siempre de buena fe. Para ello, será fundamental que el deudor no haya realizado previamente nada que pudiera haber empeorado su situación, de manera temeraria o negligente.
Colaborar con el juzgado
Es una de las grandes novedades y por razonable que parezca para poder obtener una resolución favorable y acogerse a este mecanismo habrá que colaborar con el juzgado que se encargue de llevar el procedimiento.
Cuando se cumplen todos estos requisitos, los especialistas en Ley de Segunda Oportunidad te ayudarán con la solicitud de la exoneración de la deuda. Para ello, estudiarán tu caso detalladamente y verán cuál es la mejor opción. Es fundamental recurrir a profesionales especializados como somos en Ecualitas.
Ya con la solicitud presentada, el Juzgado que tendrá que revisar que efectivamente se dan los requisitos y se obtendrá una resolución favorable. Hay que tener en cuenta que el juez una vez verifique que se dan todos los supuestos tendrá que atenerse a lo que viene marcado en la legislación, logrando así la exoneración de las deudas.
¿Podrás salir también de los ficheros de morosos?
Aquellas personas que, tras verse superadas por una situación de endeudamiento, incurran en impagos y sean introducidas en ficheros de morosos han de saber que al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad su nombre desaparecerá de este tipo de listados. Será el propio juzgado el que, tras el fin del procedimiento, de oficio se encargue de que esto sea así. De este modo, empezar de cero a nivel crediticio será mucho más fácil.
No obstante, como decimos, es fundamental rodearse de expertos en la materia que te puedan ayudar. En Ecualitas ponemos nuestra experiencia a tu servicio.