Los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad determinan quién puede acceder a ella para liberarse de sus deudas y quién no. La normativa es escueta a la hora de referirse a los mismos, y esto genera incertidumbre entre las personas que están en una situación económica delicada y valoran la posibilidad de acogerse a este procedimiento. Si tú también tienes dudas al respecto, continúa leyendo, porque vamos a analizar con mayor detalle los requisitos que debes cumplir.

Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad que ya no están vigentes

En 2022 se reformó la Ley de la Segunda Oportunidad para articular un procedimiento más rápido, eficaz, y menos costoso en términos de tiempo y de dinero para las personas que se acogían a él.

Los requisitos no han cambiado demasiado, pero hay que destacar que hay tres que antes se exigían y que ahora se han eliminado. Estos que vas a ver a continuación ya no son imprescindibles con la regulación actual:

  • No deber más de 5 millones de euros.
  • No haber rechazado un trabajo en los últimos cuatro años.
  • No haberse beneficiado de la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos diez años.

Esto quiere decir que, para acceder al procedimiento que te permite obtener el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), ahora da igual el importe de la deuda, aunque supere los cinco millones de euros. También es irrelevante tu situación laboral, o si has desechado una oferta de trabajo en los últimos tiempos. Además, aunque te hayas acogido con anterioridad a este procedimiento, podrás volver a hacerlo si tu situación económica es complicada, sin necesidad de esperar un lapso de tiempo para ello.

Requisitos para poder acogerte a la Segunda Oportunidad

Ser una persona física

Una persona física es un individuo humano titular de derechos y sujeto a obligaciones. Los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad establecen que los beneficiarios del procedimiento tienen que ser personas físicas, y esto engloba tanto a los particulares (quienes no son empresarios) como a los autónomos.

A sensu contrario, la Segunda Oportunidad no está disponible para las personas jurídicas, ya que para ellas se articula el procedimiento de Concurso de Acreedores.

Tener más de un acreedor

El monto de la deuda no importa, pero sí es imprescindible que esa cantidad se le deba, como mínimo, a dos acreedores, que pueden ser personas físicas o jurídicas

Por tanto, puedes pedir la segunda oportunidad si le debes dinero, por ejemplo, a tu entidad bancaria y a la entidad emisora de tu tarjeta de crédito (si no es tu mismo banco); o a una empresa de microcréditos y a tu casero.

Ser insolvente: esencial entre los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad

Debes tener en cuenta que no te van a conceder el BEPI únicamente porque te hayas sobreendeudado. Si tienes muchas deudas, pero tu patrimonio es suficiente para hacerles frente, tendrás que pagarlas.

La Segunda Oportunidad solo está disponible para quienes han llegado a una situación de insolvencia actual o inminente. Que son aquellas que tienen tal nivel de deudas que su patrimonio es insuficiente para hacer frente a las mismas.

En la insolvencia actual la persona ya está incumpliendo los plazos de pago. En la insolvencia inminente todavía no se acumulan retrasos en los pagos, pero es previsible que esto se produzca a muy corto plazo.

Ser deudor de buena fe

La buena fe la aprecia el juez encargado del procedimiento. En líneas generales, considerarán que eres un deudor de buena fe si no has llevado a cabo de manera intencionada actos que agraven tu situación de insolvencia; y si la información y documentación que aportas al proceso en relación con tu situación económica es veraz y completa.

No tener antecedentes penales por delitos de carácter económico

Es fundamental que, en los diez años anteriores a la presentación de la solicitud de la Segunda Oportunidad, el deudor no haya sido condenado mediante sentencia firme por haber cometido un delito de tipo económico. Por ejemplo, un delito contra el patrimonio (robo, estafa, hurto, etc.), o un delito contra la Seguridad Social.

Esto se puede acreditar a través de un certificado de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia. Si existe condena, pero la pena impuesta fue inferior a 3 años, el procedimiento de Segunda Oportunidad sí se puede tramitar sin esperar a que pasen esos 10 años.

En caso de que en el momento de solicitarse la Segunda Oportunidad el deudor tenga pendiente un proceso penal por la supuesta comisión de un delito de tipo económico, el procedimiento para obtener el BEPI no se podrá resolver hasta que el procedimiento penal llegue a su fin.

Cumplir los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad te garantiza el acceso a un procedimiento en el que podrás liberarte para siempre de tus deudas y empezar desde cero. Para que el proceso sea un éxito, no hay nada más recomendable que contar con el apoyo de especialistas en esta materia. Por eso, nos tienes a tu lado para guiarte hasta la obtención del BEPI.