Que te toque la lotería estando en la Ley de Segunda Oportunidad puede ser un problema. Te explicamos cuáles son las cantidades y qué hacer si pasa esto.
¿Qué hacer si te toca la lotería estando en la Ley de Segunda Oportunidad?
Lo primero que has de tener presente es que este supuesto solo se contempla si te toca mucho dinero, y aquí hay que aplicar el sentido común: un premio de 1.000, 2.000 o 3.000 euros, no supone una mejor fortuna económica a largo plazo, y ningún juez lo considerará como tal.
Por lo tanto, cualquier premio de lotería que te toque tiene que ser lo suficientemente cuantioso como para que suponga una mejora estructural en tu situación económica. Y esto sirve indistintamente para las loterías, bingos, quinielas u otros juegos de azar. Solo en ese caso, y siempre que se tenga la información, los acreedores podrían reclamar la revisión de la cancelación. El juez, si considera que, efectivamente, tienes capacidad de pago, revocaría la exoneración.
En principio, y si no existe ninguna mejora económica estructural, no deberías hacer nada. Y si tienes la duda, lo cual solo sucederá en premios muy importantes, deberías consultar a un especialista en derecho concursal, como Ecualitas. De esta manera, te ahorrarás problemas. Siempre es importante que sigas el principio de buena fe, a la hora de gestionar tus deudas.
¿Y esto, cuándo puede pasar y de qué manera? Aquí indicamos los principales aspectos que has de saber para curarte en salud si te toca la lotería estando en la Ley de Segunda Oportunidad. Toma nota:
Plazo de prescripción
Esto es fundamental: desde que se te concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), o la cancelación de las deudas, existe un plazo de 5 años para que los acreedores puedan pedir una revisión. ¿Cuándo lo pueden hacer? Si tienen la capacidad de probar que tu situación económica ha mejorado de forma extraordinaria (y ahí entraría un premio cuantioso de juegos de azar o una herencia) o si demuestran que el deudor mintió en su momento con respecto a su situación económica.
En este caso, demostrar esa solvencia sobrevenida del deudor es complicado, a no ser que sea muy evidente. Por ese motivo, lo más habitual es que, pasado ese plazo, la deuda quede cancelada para siempre. Sea como fuere, recuerda esta fecha para que no tengas ningún problema.
Beneficio económico
Esta cuestión es central, y es que el acreedor solo puede reclamar en el caso de que el beneficio económico que experimente el deudor sea lo suficientemente grande y extraordinario como para satisfacer su deuda. Si aplicamos el sentido común, lo cierto es que el 99,99 % de los premios de lotería o juegos de azar están exentos de este supuesto. Además, este concepto es subjetivo, porque dependerá de cada persona, así que aquí es la jurisprudencia la que va marcando pautas.
Y lo que es más importante, el premio en la lotería en la Ley de la Segunda Oportunidad ha de ser igual o superior, como mínimo, al importe de lo que debías antes. Piensa que, si no se cumple esa condición básica, no se podrá reclamar la deuda. Además, hay que restar las obligaciones de manutención de los hijos, en caso de haberlos.
Tipo de beneficio de la Ley de la Segunda Oportunidad
Otra cuestión que no se suele conocer es que la reclamación, en caso de ganar la lotería en la Ley de la Segunda Oportunidad, es que se puede hacer efectiva si te has acogido al Plan de Pagos, que puede haber sido resultado de una negociación amistosa, pero no está tan claro en el otro supuesto. O dicho de otra forma, si hay una exoneración definitiva, sería más difícil aplicar este supuesto. Vale la pena que lo tengas en cuenta, puesto que este es uno de los temas que van a ser definitorios.
Obligatoriedad de comunicar
Es obligatorio que comuniques que te ha tocado un premio de lotería, aunque eso pueda suponer que tengas que pagar. En caso contrario, se dejará de considerar que has obrado de buena fe, y esa es razón suficiente para revocar la exoneración de la deuda. Una vez más, aplica el sentido común: si ganas un reintegro o una pequeña cantidad, no hace falta. La lotería en la Ley de Segunda Oportunidad tiene unas limitaciones.
Aunque en un principio pueda parecer contradictorio, no lo es en absoluto: el concepto principal es la confianza. Al final, el juez tiene que tener la convicción de que obras de buena fe y de que no has pagado porque no puedes. En consecuencia, conviene que tengas eso claro desde el principio.
¡Borra tus deudas de un plumazo!
Borrar las deudas de un plumazo es posible y, gracias a los últimos cambios de la ley, más rápido. Incluso si te toca la lotería en la Ley de Segunda Oportunidad, si la cantidad no es muy grande seguirás beneficiándote de sus ventajas. En Ecualitas te ofrecemos el asesoramiento necesario para que te olvides de tus deudas. No dejes de visitar nuestra web ni de contactarnos.