La principal ventaja de la Ley de la Segunda Oportunidad es que permite librarse de las deudas. Ahora bien, ¿en qué medida y cuándo? No te preocupes, aquí damos respuesta a estas preguntas. 

¿Cuáles son los beneficios de la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad se basa en una premisa: liberarse de las deudas para poder empezar de cero. Si bien la primera versión de 2015 era más restrictiva, con la nueva reforma de 2021 de la Ley Concursal se han aumentado las posibilidades. Básicamente, estas son las 3 opciones que tienes y que contempla la legislación:

1. Exoneración de parte de la deuda

La exoneración de parte de la deuda es una de las posibilidades que existen, siempre que tengas alguna capacidad de pago. Cuando esto sucede, vinculado, por lo general, al mantenimiento de la vivienda habitual o a la posibilidad de pagar parte de la deuda. Sea como fuere, la última palabra en este caso la tendrá el Juez de lo Mercantil

2. Dación en pago de la vivienda

La dación en pago, aunque está contemplada en el Código Civil, estaba sujeta a la voluntariedad del acreedor. Con los últimos cambios de la ley, el juez puede decretarla como solución ante una deuda hipotecaria, sin que el acreedor pueda reclamar más adelante. En la práctica, los casos a los que acogerse se han multiplicado. 

3. Exoneración total de la deuda

El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) es la tercera opción que existe. Y, si se da, borrarás de un plumazo todas las deudas que hayas contraído. Eso sí, tienes que cumplir una serie de condiciones. 

¿Es posible librarse de todas las deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad?

Rotundamente, sí. Es posible librarse de todas las deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad y poner el contador a cero. Esto te eximirá del pago a tus acreedores y te tendrán que dar de baja de los ficheros de morosos. 

El procesose inicia a petición de parte en el Juzgado, y tienes que estar representado por abogado y procurador. Ahora ya no tienes que iniciar una mediación voluntaria con los acreedores, así que podrás pedir directamente el BEPI. Para que se den estas circunstancias, has de cumplir estos casos:

Mínimo de dos acreedores

El mínimo de acreedores privados para que puedas acogerte a la LSO es de dos. En caso contrario, no procede esta posibilidad, porque se entenderá que es un problema individual. La propia filosofía de la Segunda Oportunidad es la de ayudar en situaciones que no tendrían otra solución. 

No haberte acogido a la LSO antes

Para beneficiarte de la LSO es necesario que no lo hayas hecho durante los 10 años anteriores. Como la primera Ley de la Segunda Oportunidad se aprobó en 2015, esto implica que no puedes haberte acogido antes. 

Acreditar tu insolvencia

La insolvencia es una condición sine qua non para beneficiarse de esta ley, pero tiene que cumplirse el requisito de que la deuda sea de buena fe. Básicamente, has de demostrar que, cuando contrajiste la deuda, podías pagar, y que han sido circunstancias sobrevenidas las que te han impedido responder. Y, en el caso de las hipotecas, no puedes deber ninguna cuota. 

¿Cómo se demuestra tu insolvencia? Tendrás que proporcionar recibos de tus deudas, ingresos y fechas, así como certificados que demuestren tus alegaciones. El proceso es ciertamente complejo, de ahí que recomendemos que pidas ayuda de una empresa especializada en gestionarlo. 

Que la deuda sea inferior a 5 millones de euros

Esta ley está concebida para deudores particulares o para autónomos, no para grandes fortunas. Por esta razón, se establece un límite de deudas que es de 5 millones de euros. En cualquier caso, hay que señalar que, salvo grandes patrimonios, este límite sirve para la práctica totalidad de las personas. 

Carecer de antecedentes penales por delitos contra el orden socioeconómico

Otra de las exigencias para que te beneficies del BEPI es que no tengas antecedentes penales en delitos contra el orden socioeconómico. ¿Esto qué significa? Que es necesario que, en los últimos 10 años, no tengas condenas por los delitos de fraude y estafa. Este es otro de los requisitos para demostrar que la deuda es de buena fe. 

Dicho esto, hay dos aspectos adicionales que tienes que tener en cuenta. El primero, que si hay una mejora sustancial de tu patrimonio (por juegos de azar o herencias) los acreedores podrían exigir el pago de la deuda en los 5 primeros años. Otro factor es que el máximo de deuda con las Administraciones que puedes exonerar es de 20.000 euros (10.000 euros por acreedor).

¡Vuelve a respirar gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad!

Librarse de las deudas es posible, y hacerlo para siempre, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. En Ecualitas te ayudamos a recopilar la documentación necesaria y a gestionarla ante el juez para conseguir la exoneración de deudas. ¡Llámanos para saber más!