Si has recibido una herencia y te has acogido a la Ley de Segunda Oportunidad, presta atención. Te contamos cómo puede influir recibir la herencia en la Ley de Segunda Oportunidad.

Claves sobre recibir una herencia tras acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Si te has acogido a la Ley de Segunda Oportunidad y recibes una herencia tu situación económica mejorará. Esto es así porque, el heredero, en caso de recibir una herencia con deudas siempre puede rechazar heredar. Por tanto, se entiende que si has aceptado recibir la herencia es porque era favorable para tus intereses.

En este caso, debes tener presente que si los acreedores son conocedores de la mejora económica que has tenido puede que inicien el procedimiento para reclamar nuevamente las deudas por medio de la ejecución de la herencia. La clave para saber qué ocurrirá está en conocer en qué fase del procedimiento está el deudor.

Recibir una herencia con un acuerdo extrajudicial de pagos

Desde la modificación realizada en septiembre de la Ley de Segunda Oportunidad ya no hay por qué intentar llegar a un acuerdo extrajudicial de pago con los acreedores. En cualquier caso, si en el momento en el que te acogiste, optaste por esta vía, debes saber que el cobro de una herencia de manera posterior a haber llegado al acuerdo no tendrá ningún efecto. Solo lo tendría salvo que se hubiera recogido lo contrario en dicho acuerdo.

Recibir un legado habiéndose acogido al beneficio de exoneración

Por otro lado, si como deudor has llegado a la fase judicial y se te ha concedido la cancelación de las deudas a las que no podías hacer frente, sí que es posible que los acreedores podrán exigir el pago de la deuda pendiente usando la herencia recibida.

En el caso de que se conceda este beneficio de exoneración de manera provisional y mientras se cumpla el plan de pagos acordado, en el momento en el que el deudor recibe una herencia debe tener presente que los acreedores podrán solicitar la revocación de dicho beneficio de exoneración. Esto podrá ser así cuando la herencia sirva para cambiar de manera sustancial la situación económica del deudor. Se trata de una circunstancia que así se recoge expresamente en la Ley Concursal.

¿Es posible rechazar la herencia en estas circunstancias?

Si te preguntas si sería posible rechazar una herencia en perjuicio de los acreedores para que así no pueda acabar en sus manos, presta atención. En este supuesto, los acreedores podrían reclamar por la vía judicial que se acepte la herencia para así saldar total o parcialmente las deudas. Es sumamente importante recibir asesoramiento especializado en este sentido. Sólo así se podrán seguir los pasos adecuados que te permitan sobreponerte a la situación del modo más ventajoso para ti.

Por otro lado, hay que tener presente que se da otra circunstancia en la que la herencia podría acabar en manos de los acreedores. Esto ocurriría si el deudor oculta la existencia de dicha herencia a sus acreedores. En este punto, los acreedores tendrían un plazo de 5 años desde que se concede el beneficio de exoneración de la deuda para solicitar su revocación.

Heredar y la Ley de Segunda Oportunidad

Por tanto, se concluye que si recibes una herencia tras haber recibido la exoneración definitiva de las deudas, no tendrá absolutamente ningún efecto. Pero si estabas en un proceso de exoneración de las deudas provisional, y recibes una herencia en el tiempo que dure el plan de pagos, sí se podrá usar ese nuevo patrimonio para saldar el pago de la deuda. 

Cuándo recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad

Para aquellos que no sepan bien en qué consiste la Ley de Segunda Oportunidad deben tener presente que es un mecanismo legal. Se puede recurrir al mismo cuando no sea posible abonar la deuda contraída. Se emplea para cancelar deudas y se pueden acoger tanto personas particulares como autónomos y permite empezar de cero.

Se podrán acoger a este mecanismo las personas que cumplan una serie de requisitos. Estos son no tener deudas superiores a cinco millones de euros, Tampoco haber recurrido a este mecanismo en los últimos diez años y ser un deudor de buena fe. Se trata de demostrar que, verdaderamente, no puedes hacer frente a los pagos que debes.

Así que, tanto si recibes una herencia y te has acogido a la ley de segunda oportunidad, como si estás en vías de hacerlo, lo mejor será que contactes con profesionales expertos en este mecanismo para ayudarte. Cuéntales tu caso concreto para que puedan estudiar cuáles son los pasos más recomendables que puedes dar. Puedes volver a empezar de cero y, muchas veces, sin tener que renunciar a tu herencia o a la totalidad de la misma por ello. Infórmate en Ecualitas.