Una de las consecuencias que tiene el impago de las deudas pendientes es el embargo de la nómina. Sin embargo, tienen que cumplirse ciertos requerimientos para que eso pueda ocurrir. Y es que esta situación plantea dudas como, por ejemplo, si el embargo de nómina puede ser total o parcial.
Llegados a este punto, cabe señalar que, en base a los ingresos que tengas, las cargas familiares a las que tengas que hacerte cargo y el tipo de deuda, la ley tiene unos mecanismos de protección para tu familia en cuanto a la cantidad que te pueden embargar.
Desde Ecualitas queremos arrojar un poco más de luz acerca de este tema. Sigue leyendo.
¿Cuál es el porcentaje de embargo de nómina permitido?
Según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no se podrá embargar la cantidad que corresponda al salario mínimo interprofesional (SMI) en nuestro país. Cabe recordar que el SMI en España, a fecha de hoy, es de 1000 euros mensuales en 14 pagas, del que ya se han descontado todas aquellas deducciones que son obligatorias.
Esto quiere decir que, a pesar de que tengas un embargo de nómina, siempre vas a poder cobrar el salario mínimo interprofesional que rija en ese momento.
No obstante, existen tramos de embargo en base a lo que percibas como sueldo. Es el que te dejamos a continuación.
- Para cantidades menores a 1000 euros, del 0%.
- Entre 1000 y 2000 euros, el embargo asciende al 30% del tramo.
- Entre 2000 y 3000, el 50%.
- De 3000 a 4000 euros, el 60%.
- De 4000 a 5000, el 75%.
- Para cantidades superiores a 5000 euros, el embargo es del 90%.
Pero hay otras cuestiones que considerar en cuanto al embargo de nómina.
¿Qué ocurre si dispongo de dos pagadores y dos sueldos?
En este caso, si la persona que ha contraído la deuda tiene al menos dos sueldos, las cantidades de ambas retribuciones se sumarán y se contabilizarán según los tramos que hemos señalado anteriormente. No importa si son dos pagadores, a efectos legales se considera un único sueldo, y se seguirá lo anteriormente indicado.
¿Y está a salvo el sueldo de mi pareja?
En el caso de que el régimen económico que haya en la pareja sea el de la separación de bienes, no ocurrirá nada; pero en caso contrario, se sumará el total de los salarios que entran en la unidad familiar, y el porcentaje del embargo de la nómina se calculará en base a los porcentajes anteriores. Pero el sueldo de la otra persona será intocable; embargarán el tuyo.
¿Qué ocurre si tengo hijos a mi carga u otro tipo de cargas familiares?
En este caso, si tienes algún tipo de carga familiar, tendrás la posibilidad de acogerte a una rebaja que oscila entre un 10 y un 15%. Eso sí, para ello será necesario que la cantidad que percibas a modo de salario no supere cinco salarios mínimos interprofesionales juntos.
Desde Ecualitas te recomendamos que acudas a profesionales con experiencia contrastada si tienes algún tipo de duda o pregunta relacionada con este tema. ¿Hablamos?