Parar un embargo judicial es complicado una vez que se ha iniciado el proceso, pero la buena noticia es que existen maneras de conseguirlo. ¿Quieres saber más? Entonces, sigue leyendo...

Maneras de parar un embargo judicial

Las maneras de parar un embargo judicial que existen son varias. Lo que sucede es que, siempre que puedas, deberías evitar llegar a ese punto, tanto por una cuestión de gastos de gestión que conllevan como de probabilidades de que no se realice. Toma nota de estas opciones: 

1. Pagar la deuda

Lo más fácil para parar un embargo judicial es pagar la deuda, siempre que no se haya llegado al momento de la ejecución. Existen distintos plazos, en función de si el acreedor es privado o público. Si pagas desde el momento en el que recibes la notificación y lo haces dentro de plazo, detendrás el embargo. 

El problema, obviamente, es que para pagar una deuda tienes que tener con qué hacerlo. Y, por desgracia, mucha gente ha llegado a un punto de insolvencia en el que esta ya no es una opción. 

2. Acordar una quita parcial con el acreedor

Es posible pactar con el acreedor una quita parcial de la deuda, pero esto siempre a cambio de que puedas pagar una parte. Y, lo que es más importante, si el acreedor está de acuerdo con ello.

Este es un supuesto problemático, porque estás a merced de lo que quiera tu acreedor. Y este preferirá cobrar una parte de la deuda en vez del 100 % solo si ve que el activo que te va a embargar no le interesa. Un ejemplo es un terreno rústico en un momento en el que no haya expectativas de una venta ventajosa.

Eso sí, para que posteriormente no haya problemas, este acuerdo tiene que hacerse por escrito y constar ante el Juzgado. De esta manera, no habrá reclamaciones en un futuro. 

3. Esperar a que prescriba la acción

Esto es muy poco común, pero también cabe la posibilidad de que un embargo prescriba porque no se ejecuta en plazo. Si no se reclama la ejecución del embargo a los 5 años y 20 días hábiles de la sentencia judicial, prescribe. Por lo tanto, no podrían embargarte los bienes llegados a ese punto. La realidad, sin embargo, es que si el acreedor ve posibilidades de resarcirse con el bien embargado, lo normal es que ordene la ejecución. 

4. Parar un embargo demostrando que es ilegal

Esta es la opción menos probable porque, una vez que se ha iniciado el proceso judicial, es porque hay una documentación fehaciente. Aquí lo único que cabría, por vía legal, es demostrar que la deuda es ilegal o ilegítima. Por lo tanto, se necesitaría un asesoramiento legal y, sobre todo, pruebas contundentes. La realidad es que esto puede tener ramificaciones que lleguen a la jurisdicción penal. 

5. Acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad

Si no tienes otra opción, eres insolvente, careces de otros bienes y no tienes forma para responder, existe la Ley de la Segunda Oportunidad. Y es muy conveniente porque te permite eliminar tus deudas para siempre y ello conservando tu vivienda habitual. En este caso, lo que tienes que pedir ante el Juez de lo Mercantil es el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), para suprimir la deuda. 

Ventajas de la Ley de la Segunda Oportunidad ante un embargo judicial

Lo primero que has de saber es que, si pides acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, el procedimiento de embargo se paraliza automáticamente. Y, durante el tiempo que tarde la resolución, que puede ser de más de un año, el embargo quedará congelado.

En consecuencia, lo primero que tienes que hacer es actuar con rapidez. Si piensas que te puedes acoger a los supuestos de la LSO, no pierdas el tiempo, porque eso corre en tu contra. Estas son las condiciones para pedir la eliminación de las deudas:

  • Demostrar que la deuda ha sido de buena fe y que es imposible pagar la deuda. Es imprescindible para que te exoneren de la deuda.
  • Ser mayor de edad y tener más de un acreedor.
  • Deuda máxima de 5 millones de euros. 
  • No haberte acogido antes a la LSO.
  • Carecer de antecedentes penales en fraude y estafa.

Por otra parte, es posible eliminar tus deudas y mantener tu vivienda habitual si no tienes otros bienes. ¿En qué casos se permite eso? Por ejemplo, si lo que debes es más que lo que vale la vivienda, si es imposible devolver la deuda o si las reformas que hay que hacer son más costosas que el valor de la vivienda. 

Todo esto hace que la LSO sea una opción muy interesante para ti. Y, si trabajas con una empresa especializada, poco costosa. 

¡Elimina tus deudas y vuelve a vivir!

Detener el embargo judicial es posible con la Ley de la Segunda Oportunidad, y te podemos ayudar a ello. En Ecualitas ofrecemos un servicio para recopilar toda la documentación y presentarla ante el juzgado. ¿Quieres saber más? ¡Llámanos y te informaremos sin compromiso! Olvídate de tus deudas para siempre.