Embargar la nómina es una de las medidas que suelen adoptar los jueces cuando un acreedor demanda a su deudor. En el caso de Hacienda y la Seguridad Social, ellas mismas pueden llevar a cabo el embargo. Lo que se busca con esto es cobrar la cantidad debida que no ha sido pagada voluntariamente. Pero, ¿qué ocurre si tu nómina no es muy alta, es viable el embargo en estos casos?

Qué es un embargo en la nómina

Es una medida que implica que a un trabajador se le va a retener una parte de su salario para cubrir con esas cantidades las deudas que tiene pendientes. Para que esto sea posible, el acreedor tiene que acudir a la vía judicial.

La empresa que paga el salario se encarga de practicar esa retención e ingresar el dinero en la cuenta que el juzgado o la Administración le hayan indicado. Si se niega a ello, puede ser sancionada. Además, esto no evita el embargo, porque la autoridad que ha ordenado la medida contactará con la entidad bancaria en la que está domiciliada la nómina y esta tiene que permitir que se retire el importe correspondiente.

¿Te pueden embargar la nómina si cobras 1.000 €?

A día de hoy, no. La regla general en cuanto al embargo de la nómina, es que no se pueden embargar cantidades que estén por debajo o sean iguales al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Dado que ahora mismo el SMI está fijado en 1.000 € al mes, si esto es lo que cobras, no te pueden embargar nada.

Si esta situación hubiera sucedido hace unos años, esto no sería así. Si tú hubieras cobrado 1.000 € y el SMI de esa época fuera de 850, te podrían haber embargado un porcentaje sobre los 150 € que hay de diferencia entre ambas cantidades.

¿Cuánto te pueden embargar de la nómina?

Supongamos que lo que cobras por tu trabajo o trabajos es una cantidad que está por encima del Salario Mínimo Interprofesional, y veamos cuánto podrían embargarte en cada caso:

  • La cantidad equivalente al SMI es inembargable.
  • Si cobras entre 1.000 y 2.000 € (entre una y dos veces el SMI) te van a embargar un 30% del tramo que excede del SMI.
  • De las cantidades del salario que vayan de 2.000 a 3.000 € se puede embargar el 50%.
  • De 3.000 a 4.000 € un 60% de ese tramo.
  • De 4.000 a 5.000 €, el 75% del tramo.
  • De las cantidades de salario que excedan de los 5.000 € te pueden embargar el 90% del tramo.

Estas cantidades vienen determinadas legalmente y no están abiertas a negociación. No obstante, si puedes acreditar que tienes importantes cargas familiares y lo que cobras no excede de cinco veces el Salario Mínimo Interprofesional, te pueden aplicar una rebaja de entre un 10% y un 15% en el tramo.

¿Qué pasa si tienes dos sueldos?

Imaginemos ahora que tienes más de un trabajo, o que cobras un sueldo y también una pensión. En este caso, lo que se hace es sumar las prestaciones mensuales que recibes y la cuantía resultante se tiene en cuenta como si fuera un único salario, por lo que se aplica el embargo con respecto a las cantidades que excedan del SMI.

¿Y si estás casado en régimen de gananciales?

Si el régimen económico de tu matrimonio es el de gananciales, tu pareja y tú compartís tanto los bienes como las cargas. Eso quiere decir que él o ella también es responsable de tus deudas. En consecuencia, se opera exactamente igual que en el caso anterior. El juez o la Administración sumará lo que ingresas tú cada mes y lo que ingresa la persona con la que estás casado, y acordará el embargo correspondiente sobre las cantidades que excedan de los 1.000 euros.

¿Qué pasa si no te pueden embargar la nómina?

Si cobras el SMI, no tienes ningún otro ingreso, y no estás casado, o al menos no lo estás en régimen de gananciales, no te pueden embargar la nómina. No obstante, eso no quiere decir que no vayas a pagar tus deudas. Si tus acreedores no pueden cobrarse lo que les debes a través del embargo de tu salario, solicitarán el embargo de otros bienes, lo cual puede ser mucho más grave para tu situación económica y personal.

¿Qué puedes hacer si tienes muchas deudas?

Es posible que te interese este tema del embargo de la nómina porque estás atravesando un momento muy complicado a nivel económico. Tus deudas se han acumulado y no puedes hacer frente a las mismas. Si es así, la mejor solución es que solicites que se te aplique la ley de segunda oportunidad.

Al momento de iniciar el proceso ya te puedes olvidar de problemas como los embargos, porque estos procesos de ejecución van a quedar en suspenso. Una vez que el juez te haya liberado de tus deudas, se levantarán definitivamente todos los embargos que pudieran haberse acordado, y tú podrás empezar desde cero con total tranquilidad.

Si estás es una situación en la que te van a embargar la nómina, es hora de acudir al proceso de segunda oportunidad. Nos tienes aquí para acompañarte a lo largo de todo el procedimiento, para que tú no tengas que preocuparte por nada.