Si has vivido una ejecución hipotecaria y tienes todavía la deuda pendiente con el banco, presta atención. Esto es lo que debes saber sobre una deuda pendiente después de una ejecución hipotecaria.
En qué consiste el procedimiento de ejecución hipotecaria
Lo primero es aclarar que se entiende por ejecución hipotecaria al procedimiento mediante el cual el acreedor su deuda con la ejecución de la garantía, es decir, de la vivienda hipotecada. Esto se hace cuando el deudor no cumple con la obligación que ha contraído de pagar las cuotas.
Cuando los impagos ya son de varias cuotas mensuales, el banco inicia un proceso de ejecución hipotecaria. Aquí ya no se solicita el importe al que ascienden las mensualidades pendientes sino el total del crédito aplicando el interés de penalización correspondiente.
La ejecución hipotecaria en la primera vivienda
Cuando la ejecución hipotecaria recae sobre una vivienda habitual, se ofrece la posibilidad de rehabilitar el préstamo, siempre que se abonen las cuotas pendientes más los gastos. A partir de saldar la deuda, el deudor podrá seguir abonando la hipoteca con normalidad. Se trata de una situación a la que solo se podrá acoger el deudor una vez cada cinco años.
Qué hacer con la deuda pendiente después de la ejecución hipotecaria
El que fuera propietario, tras perder su casa, tendrá que hacer frente a la deuda que resta. Para ello se calculará la diferencia entre el precio al que el banco se ha adjudicado la vivienda y el montante total al que ascendía el crédito. A ello se sumarán las costas judiciales y los intereses de demora. En el caso de que en la subasta se cubra toda la deuda, entonces sí quedará saldada, pero si no tendrá que hacer frente al montante restante.
Ley de Segunda Oportunidad para saldar la deuda pendiente tras una ejecución hipotecaria
Si no puedes hacer frente al resto del pago de deuda que queda pendiente, puedes cancelar el pago a través de la Ley de Segunda Oportunidad. En caso de ejecutarse la hipoteca, la Ley de Segunda Oportunidad ofrece la posibilidad a los deudores que no cuenten con más patrimonio de cancelar el pago de las deudas pendientes en su totalidad.
Y es que la Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal para que las personas físicas insolventes puedan cancelar parcial o totalmente sus deudas.
Cómo solicitar acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Si tras haber vivido una ejecución hipotecaria, no puedes hacer frente al resto de deuda pendiente la Ley de Segunda Oportunidad es para ti. Para acogerse a ella lo mejor será que confíes en expertos en la materia como somos en Ecualitas. En cualquier caso, los pasos que se han de dar son los siguientes.
Pues bien, habrá que dirigir una solicitud dirigida al Juzgado de lo Mercantil en la que se detalle de manera clara cuál es la situación personal del deudor, el tipo de insolvencia que se tiene y los ingresos que se perciben.
Cuánto tiempo dura el procedimiento
Respecto al tiempo que transcurrirá hasta que puedas obtener una resolución, decir que será diferente en función de cada caso. Por lo general, podrá oscilar desde los pocos meses hasta un periodo de año y medio. Este es el plazo máximo que se fija por ley. Si los plazos se dilatan más en el tiempo o no, es algo que dependerá, sobre todo, de la situación del juzgado en cuestión.
En cualquier caso, las personas que se acogen a este mecanismo han de saber que mientras dura el procedimiento, estarán protegidos y no será legal ni seguir reclamando ningún tipo de deuda y ni ejecutar bienes si los hubiera.
Ventajas de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Entre las ventajas más notables que puede tener acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad una persona que ha experimentado una ejecución hipotecaria, vemos las siguientes.
Obtener la cancelación de la deuda
Dejarás de tener una deuda pendiente tras haber dado tu casa. Esto será irrevocable y ya no podrán reclamártela nunca más.
Podrás salir de los ficheros de morosos
Lo más normal es que si has dejado dinero a deber a entidades financieras estés en los ficheros de morosos, lo que complica mucho el acceso al crédito en el futuro. Al acogerte a este mecanismo, saldrás de manera inmediata de estos ficheros e informes de morosos. Por tanto, podrás volver a solicitar tarjetas, préstamos en el futuro, etc.
Como ves, es posible cancelar la deuda pendiente después de una ejecución hipotecaria de un modo favorable para ti. No tendrás que abonarla ni tendrán derecho a reclamártela más si te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad.
Todo ello, saliendo de diferentes ficheros y registros de morosos. Si te encuentras en esa situación, contáctanos. En Ecualitas somos especialistas resolviendo deudas y te ayudaremos de inmediato.