El embargo de nómina es una de las medidas de presión más habituales para conseguir que un deudor pague. Si este no cumple con su obligación de forma voluntaria, el siguiente paso es la ejecución del embargo, que implica pagar al acreedor con esa cantidad previamente embargada.

Sin embargo, para cobrar su crédito de esta manera, el acreedor necesita haber iniciado previamente un procedimiento judicial. Es decir, que no es algo que suceda de manera inmediata en cuanto tienes una deuda. Para que entiendas mejor cómo funciona, vamos a verlo con más detalle.

¿Qué es un embargo de nómina?

El embargo consiste en que se retiene una parte de la nómina que cobra un trabajador por cuenta ajena. Su pagador recibe una notificación judicial en la que se le indica que debe detraer del salario una determinada cantidad e ingresarla en la cuenta del juzgado, para que este haga su posterior entrega al acreedor.

Si la deuda supera la cantidad de la nómina que se puede embargar, esta medida se mantendrá durante unos meses. Hasta que el acreedor haya satisfecho totalmente su crédito.

Estamos hablando de nóminas, pero lo cierto es que también se pueden embargar otras prestaciones que se perciban periódicamente. Por ejemplo, la prestación por desempleo o cualquier tipo de pensión.

¿Cuánto te pueden embargar de la nómina?

Tanto el Estatuto de los Trabajadores como la Ley de Enjuiciamiento Civil se han asegurado de que la persona embargada no se quede nunca sin recursos económicos. Precisamente por ello, no se pueden embargar cantidades que estén por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (computado en 14 pagas).

Solo hay un caso en el que está permitido el embargo de nómina por debajo de la cantidad del SMI, y es cuando la deuda sea por impago de pensiones alimenticias. En estas situaciones, es el juez el que determina la cantidad que se va a embargar.

En el resto de los casos, para las cuantías que estén por encima del SMI también se establecen una serie de límites a la hora de practicar el embargo:

  • Si cobras hasta dos veces el SMI, te pueden embargar el 30% de ese tramo.
  • Si cobras hasta tres veces el SMI, se puede embargar el 50% de ese tramo.
  • Si cobras hasta cuatro veces el SMI, el 60% de ese tramo.
  • Si cobras hasta cinco veces el SMI, se embarga el 75% de ese tramo.
  • Si cobras más de cinco veces el SMI, te pueden embargar el 90% de ese tramo.

Si percibes más de una percepción económica (por ejemplo, si tienes dos trabajos), se suman todas las cantidades que recibes para ver qué cantidad se puede embargar. Y lo mismo ocurre si estás casado en régimen de sociedad de gananciales.

En caso de que tengas más de una deuda, ten en cuenta que no se puede dar un embargo de nómina por dos deudas diferentes a la vez. Si el otro acreedor quiere aplicar un embargo, tendrá que esperar a que pagues la primera deuda.

Procedimiento para el embargo de nómina

Emisión de la notificación

Si el acreedor inicia un proceso de reclamación judicial para cobrar su crédito y el deudor no abona lo debido, el juez puede acordar el embargo. En este caso, remitirá la notificación de embargo al pagador del salario.

La notificación especificará la cuantía total a embargar, el número de cuenta en el que se debe hacer el ingreso, el concepto que debe indicarse y el procedimiento del que trae causa el embargo. La empresa tiene que responder a esta notificación y advertir de cualquier circunstancia que pudiera frustrar la medida, como que el trabajador cobre solo el SMI o que ya no trabaje allí.

Como particularidad, ni la Seguridad Social ni Hacienda necesitan acudir a los tribunales para llevar a cabo un embargo de nómina. Si el obligado no paga voluntariamente, pueden decretar ellas mismas el embargo y notificarlo al pagador de la nómina para que lo lleve a efecto.

Notificación al deudor

Una vez que la empresa recibe la comunicación que le avisa de que tiene que llevar a cabo el embargo en la nómina, el empleador lo comunica al afectado.

Este tiene entonces dos opciones:

  • Pagar voluntariamente la deuda y evitar así el embargo.
  • Aceptar el embargo e ir pagando de esta forma poco a poco lo debido.

Fin del embargo

Si el embargo se lleva a efecto, es la empresa la que está obligada a retener esas cantidades de la nómina e ingresarlas en el número de cuenta que se le ha indicado.

Cuando la deuda esté totalmente saldada, el juzgado (o la Seguridad Social o Hacienda), informará al empleador sobre el levantamiento del embargo. Este tendrá entonces que dejar de aplicar esa detracción y comunicarlo al interesado.

Si estás en una situación económica en la que acumulas deudas, un embargo de nómina te dificulta todavía más las cosas. Porque disminuye los recursos que tienes disponibles. En este caso, es momento de valorar acceder al proceso de Segunda Oportunidad. ¿Nos dejas ayudarte a acabar con tus deudas?